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APROXIMACIÓN A LA TRIBUTACIÓN EN EL IRPF DE LOS ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

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Por Manuel Alés del Pueyo Es cada vez más frecuente que los propietarios de inmuebles destinen los mismos a fines turísticos, en lugar de optar por la explotación del arrendamiento residencial tradicional. La amplia demanda y el cambio de las costumbres en los viajeros han hecho que en los últimos tiempos nos encontremos con una realidad muy diferente en el ámbito del negocio arrendaticio, mucho más rentable para los propietarios. ¿Cómo tributan estos arrendamientos?, ¿qué obligaciones fiscales trimestrales y anuales tienen propietarios, arrendatarios y empresarios turísticos? Resulta llamativo que la agencia tributaria en su nota informativa sobre este asunto, publicada en la web www.agenciatributaria.es, denomine como apartamentos turísticos tanto a los inmuebles destinados a vivienda turística (VFT) como a aquellos apartamentos (AT) que disponen de una regulación sustantiva diferente y que se asemejan a los de la industria hotelera. Esta confusión, no resuelta, debe

EL DESPIDO OBJETIVO

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Derecho Laboral 2: El despido objetivo, requisitos y cómo calcular su indemnización.             En CIRINEO ABOGADOS, son muchos los asuntos a los que nos enfrentamos en el ámbito laboral, por lo que nos hemos comprometido a realizar una serie de artículos teóricos, con consejos desde la experiencia práctica, con vistas a ayudar a trabajadores con dudas sobre el procedimiento laboral, haciéndoles saber que aquí tienen su casa para cualquier consulta jurídica.             En el despido objetivo está regulado en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, es un tipo de despido que se realiza en la mayoría de las ocasiones por motivos económicos, organizativos, técnicos o de producción. (En el caso de que estas circunstancias se dieran para un grupo mayor de personas hablaríamos de despido colectivo). También se da por inaptitudes, faltas de ausencia injustificadas, y demás situaciones imputables al trabajador.             Esta clase de despido rebaja el derecho de la ind

LA LIBERTAD CONDICIONAL

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LA LIBERTAD CONDICIONAL  Por Fernando Fernández Velo             1.-Definición             Actualmente, la libertad condicional es una modalidad de suspensión de la pena pero no siempre ha sido así. La naturaleza anterior a la reforma operada por la LO 1/2015, de reforma del Código Penal, era bien distinta, de tal modo que podía considerarse como un beneficio en favor del reo en su último periodo de condena durante el cual, el penado, quedaba sometido a un conjunto de obligaciones, entre las que se encontraban,por supuesto, el buen comportamiento, de tal modo, que la inobservancia de las condiciones impuestas acarreaba la revocación de la misma.             Así las cosas, antes de la reforma, la libertad condicional era entendida como una modalidad de cumplimiento de la pena mediante la cual el penado se preparaba para volver a vivir en sociedad.             Como hemos adelantado, tras la reforma de 2015, la naturaleza de la libertad condicional muta hasta convertirse e

Reflexiones sobre la situación actual del arrendamiento de vivienda.

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Reflexiones sobre la situación actual del arrendamiento de vivienda. Por Juan Diego Mata. Cirineo Abogados. Si firmó un contrato de arrendamiento entre el pasado 19 de diciembre de 2018 y 22 de enero de 2019, debe tener en cuenta que el Consejo de Ministros aprobó un real decreto-ley de medidas urgentes para el sector de la vivienda que estuvo vigente en esa fecha, en el caso de que se firmará con fecha posterior seguirá siendo de aplicación la normativa de 2013 lo que nos acerca a un escenario alarmante desde la perspectiva de la seguridad jurídica que debe inspirar los contratos en derecho. Hagamos una radiografía de los efectos del real decreto ya derogado por no haber obtenido los votos suficientes en el procedimiento de aprobación en la asamblea legislativa nacional, que no debe hacernos pensar que los contratos firmados en el período de vigencia mencionado le será de aplicación las siguientes cláusulas 1. Con el real decreto se amplía la prórroga obligatoria de lo

El Juicio al Proces Catalán, los efectos jurídicos de la llamada Independencia de Cataluña

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El Juicio al   Procés catalán, los efectos jurídicos de la llamada “Independencia de Cataluña”  Por Javier Alés En estos días y meses, dado que se prevé largas sesiones de juicio oral, estaremos muy pendientes de lo ocurrido aquél día que desde las autoridades y órganos catalanes supusieron una declaración unilateral de “independencia en Cataluña”. En este sentido me gustaría aclarar que en ningún momento quiero realizar una opinión política que todos tenemos desde nuestro interior, sino desde el punto de vista estrictamente jurídico. También considero muy importante aclarar términos jurídicos que no de lugar a confusión cuando quien se acerca a la noticia no posee control sobre los mismos. Podriamos llevar a una gran confusión si no se dominan dichos términos; de ahí que quisiera aclarar determinadas cuestiones. En primer lugar con respecto a la llamada “Ciudadanía Europea” dado que el artículo 4.1 del Tratado de la Unión Europea dice que:     “De conformidad con lo disp

HE FIRMADO UN CONTRATO DE ALQUILER EN EL MES DE DICIEMBRE O ENERO DE 2019, ¿ME AFECTA LA NUEVA NORMATIVA?

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HE FIRMADO UN CONTRATO DE ALQUILER EN EL MES DE DICIEMBRE O ENERO DE 2019, ¿ME AFECTA LA NUEVA NORMATIVA? Por Juan Diego Mata Si firmó un contrato de arrendamiento entre el pasado 19 de diciembre de 2018 y 22 de enero de 2019, debe tener en cuenta que el Consejo de Ministros aprobó un real decreto-ley de medidas urgentes para el sector de la vivienda que estuvo vigente en esa fecha, en el caso de que se firmará con fecha posterior seguirá siendo de aplicación la normativa de 2013 lo que nos acerca a un escenario alarmante desde la perspectiva de la seguridad jurídica que debe inspirar los contratos en derecho. Hagamos una radiografía de los efectos del real decreto ya derogado por no haber obtenido los votos suficientes en el procedimiento de aprobación en la asamblea legislativa nacional, que no debe hacernos pensar que los contratos firmados en el período de vigencia mencionado le será de aplicación las siguientes cláusulas 1. Con el real decreto se amplía la prór

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LA ABUSIVIDAD DE LOS GASTOS DE GESTORÍA EN LA CONSTITUCIÓN DE HIPOTECAS.

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FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LA ABUSIVIDAD DE LOS GASTOS DE GESTORÍA EN LA CONSTITUCIÓN DE HIPOTECAS. Por Guillermo Santos Pavón Cuando nos disponemos a firmar un contrato de préstamo hipotecario, normalmente los bancos encargan a una gestoría todos los trámites relacionados con la constitución del derecho, trámites consistentes en trasladar la documentación de la entidad financiera a la notaría, de esta al Registro de la Propiedad, y de allí a las partes relacionadas contractualmente de nuevo, es decir, el prestatario y el prestamista. Además suelen tramitar la liquidación y pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados . En este sentido la línea jurisprudencial sobre quien ha de asumir el pago de los gastos de gestoría no ha sido ni mucho menos pacífica. Comenzando por los argumentos menos favorecidos para los consumidores (AP Soria, AP Asturias, AP Palencia, AP Coruña) aquellos en los que el banco y el consumidor se reparten el abono de este gasto, encontramos: ·